Cuando una relación de pareja se rompe o surge un conflicto sobre la custodia de los hijos, la pensión de alimentos o el reparto de bienes, contar con un abogado de familia no es un capricho, sino una necesidad para proteger tus derechos y los de tus hijos. En Barcelona, la mayoría de estos procedimientos se tramitan en los Juzgados de Familia ubicados en la Ciudad de la Justicia, donde se concentra buena parte de la actividad judicial civil de la ciudad.
Este artículo explica de forma práctica qué hace un abogado de familia, cuándo es obligatorio, qué procedimientos existen y qué pasos concretos debes seguir según tu situación.
¿Qué es el derecho de familia y qué asuntos cubre?
El derecho de familia regula las relaciones jurídicas derivadas del matrimonio, la pareja de hecho, la filiación y el parentesco. En Cataluña, buena parte de esta materia se rige por el Libro II del Código Civil de Cataluña (Ley 25/2010), que regula la persona y la familia, mientras que otros aspectos procesales se rigen por la Ley de Enjuiciamiento Civil estatal.
Los asuntos más habituales que gestiona un abogado de familia son:
- Separaciones y divorcios, de mutuo acuerdo o contenciosos.
- Guarda y custodia de menores, incluida la custodia compartida.
- Pensiones de alimentos y pensión compensatoria.
- Liquidación del régimen económico matrimonial.
- Modificación de medidas ya acordadas o dictadas por sentencia.
- Parejas de hecho y su disolución.
- Procedimientos de filiación y guarda de menores en situaciones especiales.
¿Es obligatorio contratar un abogado para divorciarme?
Sí. La intervención de abogado y procurador es preceptiva en los procedimientos de separación y divorcio, tanto de mutuo acuerdo como contenciosos, conforme al artículo 750 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Únicamente en trámites muy concretos ante notario, cuando no hay hijos menores o con discapacidad y existe acuerdo total, la ley permite formalizar el divorcio con la sola intervención de abogado, sin necesidad de acudir a los tribunales (artículo 87 del Código Civil).
Divorcio de mutuo acuerdo: requisitos y pasos
Para tramitar un divorcio de mutuo acuerdo es necesario:
- Que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse y en las condiciones (custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, uso de la vivienda, liquidación de bienes).
- Redactar un convenio regulador que recoja todos estos aspectos.
- Presentar la demanda conjunta ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) correspondiente, o formalizarlo ante notario si no hay hijos menores.
- Esperar a que el Ministerio Fiscal informe cuando haya hijos menores, y a que el juez ratifique el convenio.
Los plazos de tramitación varían según la carga de trabajo de cada juzgado y deben considerarse siempre orientativos, ya que dependen de cada caso concreto y de la disponibilidad del órgano judicial.
Divorcio contencioso: cuándo se produce y qué implica
Si no hay acuerdo entre las partes, el procedimiento se convierte en contencioso. En este caso, cada cónyuge presenta su propia demanda o contestación, y el juez resuelve tras la celebración de una vista, valorando las pruebas aportadas (informes psicosociales, documentación económica, testificales, etc.). Este procedimiento suele ser más largo y costoso que el de mutuo acuerdo, por lo que muchos abogados de familia recomiendan explorar antes la vía de la mediación.
¿Cómo se decide la custodia de los hijos?
La custodia se determina siempre atendiendo al interés superior del menor, principio recogido en el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, y desarrollado en el Código Civil de Cataluña. No existe un modelo único: puede acordarse custodia compartida, custodia exclusiva a favor de un progenitor con régimen de visitas para el otro, o fórmulas mixtas.
¿Qué factores valora el juez?
- La edad y las necesidades de los menores.
- La disponibilidad y capacidad de cada progenitor para atenderlos.
- La opinión del menor, cuando tenga suficiente juicio (habitualmente se valora a partir de los 12 años, aunque puede escucharse antes).
- Los informes de los equipos psicosociales adscritos al juzgado.
- La estabilidad del entorno (colegio, domicilio, relaciones familiares).
¿Qué es la pensión de alimentos y cómo se calcula?
La pensión de alimentos es la cantidad que debe abonar un progenitor para cubrir las necesidades básicas de los hijos: alimentación, vivienda, educación y sanidad. Se regula en los artículos 142 y siguientes del Código Civil. No existe una fórmula legal fija, pero los juzgados suelen orientarse por las tablas orientativas elaboradas por el Consejo General del Poder Judicial, que sirven como referencia y no como cifra vinculante.
El importe final depende de los ingresos de ambos progenitores, el número de hijos, el régimen de custodia y los gastos extraordinarios pactados (actividades extraescolares, tratamientos médicos, etc.).
¿Qué papel juega la mediación familiar?
En Cataluña, la Ley 15/2009, de mediación en el ámbito del derecho privado, regula esta figura como vía alternativa para resolver conflictos familiares sin necesidad de acudir directamente a un procedimiento contencioso. La mediación puede utilizarse antes de iniciar el procedimiento judicial o de forma paralela, y su objetivo es que ambas partes alcancen acuerdos sobre custodia, régimen de visitas o aspectos económicos con ayuda de un profesional neutral.
Un abogado de familia puede asesorarte sobre si la mediación es adecuada para tu caso concreto, aunque no siempre resulta viable, especialmente cuando existe desequilibrio de poder entre las partes o situaciones de violencia de género.
¿Qué ocurre con la vivienda familiar?
El uso de la vivienda familiar se atribuye conforme al artículo 96 del Código Civil (o su equivalente catalán) y depende principalmente de con quién queden los hijos menores. Este uso no equivale a la propiedad: si la vivienda es un bien ganancial o común, deberá liquidarse posteriormente en el procedimiento de liquidación del régimen económico matrimonial.
¿Cómo se tramitan estos procedimientos en la Ciudad de la Justicia de Barcelona?
Los Juzgados de Primera Instancia especializados en familia de Barcelona se encuentran ubicados en la Ciudad de la Justicia, en la avenida Gran Via de les Corts Catalanes. Allí se presentan las demandas de separación, divorcio, guarda y custodia, y modificación de medidas correspondientes al partido judicial de Barcelona. Es recomendable acudir con toda la documentación necesaria (certificado de matrimonio, libro de familia, documentación económica y, en su caso, convenio regulador) preparada junto con tu abogado antes de iniciar cualquier trámite.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar de abogado durante un procedimiento de familia?
Sí, es posible cambiar de abogado en cualquier fase del procedimiento. Es recomendable solicitar toda la documentación del expediente al abogado anterior y comunicar el cambio formalmente al juzgado a través del nuevo letrado.
¿Qué diferencia hay entre separación y divorcio?
La separación no disuelve el vínculo matrimonial, solo suspende la vida en común y ciertos deberes conyugales; el divorcio sí extingue el matrimonio de forma definitiva. En la actualidad, muchas parejas optan directamente por el divorcio al no exigirse ya un periodo previo de separación.
¿Se puede modificar la pensión de alimentos ya fijada?
Sí, mediante un procedimiento de modificación de medidas, siempre que se acredite un cambio sustancial en las circunstancias económicas o familiares de alguna de las partes, conforme al artículo 91 del Código Civil.
¿Qué pasa si el otro progenitor no paga la pensión de alimentos?
Puede iniciarse un procedimiento de ejecución de sentencia para reclamar las cantidades adeudadas, y en determinados casos el impago reiterado puede tener consecuencias penales conforme al artículo 227 del Código Penal.
¿Necesito abogado para una pareja de hecho o solo si estoy casado?
La intervención de abogado también es recomendable, y en muchos casos necesaria, para disolver una pareja de hecho cuando hay hijos menores, bienes en común o desacuerdos sobre custodia y alimentos, ya que estos aspectos se resuelven con procedimientos similares a los del divorcio.